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La AFIP confirmo la fecha a partir de la cual es obligatorio el uso de la factura electronica para monotributistas que esten empadronados en determinadas categorias.
Es asi que los contribuyentes que sean monotributistas y pertenezcan a las categorias H,I,J,K,L deberan comenzar a emitir facturas electronicas a partir del 1 de mayo del 2011, para tal fin deberan utilizar el limitado programa de factura electronica que proporciona el sitio de la AFIP o podran contratar los servicios de empresas de software que desarrollen programas de facturacion electronica.
Este cambio que implica que los monotributistas empadronados en las categorias mas altas, por año facturan mas de 120.000 pesos, deberan facturar electronicamente, ya se encuentra publicada en el boletin oficial y esta normado por la Resolucion general 3067, para aquellos que quieran ver un resumen de la resolucion 3067 de afip pueden hacer click aqui.
Pueden conocer un listado completo donde esta detallada la Obligatoriedad Factura electronica por Actividad ya que vamos actualizando dicho articulo a medida que la afip publica novedades sobre la factura electronica que impliquen el ingreso o la prorroga de alguna actividad al regimen de la factura electronica.
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Si usted necesita conocer nuestro sistema de factura electronica para monotributistas, puede hacer click aqui